Tolerancia cero con la explotación sexual infantil
Si conoces material de abuso sexual de niños, niñas o adolescentes en internet, denúncialo. Es deber de todos ayudar con este problema.
Denuncia ahora
¿Dónde denunciar?
Las denuncias son confidenciales. No descargues, guardes ni compartas el material: solo reporta el enlace.
Te Protejo
Canal de denuncia virtual de material de abuso sexual infantil y otras situaciones que afectan a niños, niñas y adolescentes.
ICBF — Bienestar Familiar
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Línea gratuita nacional 141.
Centro Cibernético Policial
CAI Virtual de la Policía Nacional: denuncia de delitos informáticos.
Fiscalía General de la Nación
Denuncia penal en línea o en la línea 122.
La Ley 679 de 2001
La Ley 679 de 2001 y sus decretos reglamentarios (entre ellos el Decreto 1524 de 2002) buscan prevenir y combatir la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad. Obliga a los proveedores de internet, como WIPLUS COMUNICACIONES DE COLOMBIA SAS, a:
1. Implementar técnicas de bloqueo
- Disponer de filtros que bloqueen las URL con contenido pornográfico de menores.
- Verificar permanentemente el listado de URL generado por la DIJIN (Policía Nacional) y publicado por el Ministerio TIC, y bloquear todas las direcciones que contenga.
- Informar, cuando una URL esté bloqueada, que no es accesible debido a una herramienta de selección de contenido.
2. Incorporar sistemas de seguridad en la red
Contar con sistemas que eviten el acceso no autorizado a la red y prevengan la difusión de material de abuso sexual de menores.
3. Mantener información disponible para los usuarios
Sobre los mecanismos de prevención para evitar el acceso a pornografía, la existencia y el alcance de esta ley, y enlaces para denunciar ante las autoridades (arriba en esta página y en el pie de todo el sitio).
Prohibiciones para proveedores y usuarios
Según el artículo 7 de la Ley 679 de 2001, está prohibido:
- Alojar imágenes, textos, documentos o archivos audiovisuales que impliquen directa o indirectamente actividades sexuales con menores de edad.
- Alojar material pornográfico, en especial imágenes o videos, cuando existan indicios de que las personas fotografiadas o filmadas son menores de edad.
- Alojar vínculos (links) a sitios que contengan o distribuyan material pornográfico relativo a menores de edad.
Deberes
Según el artículo 8, proveedores y usuarios de redes deben:
- Denunciar ante las autoridades cualquier acto criminal contra menores de edad del que tengan conocimiento, incluida la difusión de material pornográfico asociado a menores.
- Combatir con todos los medios técnicos a su alcance la difusión de material pornográfico con menores de edad.
- Abstenerse de usar las redes para divulgar material ilegal con menores de edad.
- Establecer mecanismos técnicos de bloqueo con los que los usuarios puedan protegerse a sí mismos o a sus hijos de material ilegal, ofensivo o indeseable relacionado con menores de edad.
El incumplimiento de estos deberes y prohibiciones acarrea multas y sanciones. Estas condiciones también hacen parte de los términos del servicio.
Cómo proteger a los menores en casa
- Activa el control parental de cada dispositivo: Google Family Link (Android), Tiempo en pantalla (iPhone y iPad) o Microsoft Family Safety (Windows y Xbox).
- Usa versiones para niños de las aplicaciones, como YouTube Kids, y la búsqueda segura (SafeSearch) de Google.
- Configura en tu router un DNS con filtro familiar, que bloquea contenido para adultos en todos los equipos de la casa. Si necesitas ayuda, nuestro equipo técnico te guía.
- Ubica computadores y consolas en espacios comunes y habla con tus hijos sobre los riesgos: no compartir fotos ni datos con desconocidos y contar a un adulto si algo los incomoda.
Más consejos en En TIC Confío+ del Ministerio TIC.
